Debate en Rosario: la aplicación del decreto 765/2024 y el pago de derechos de autor en eventos privados

La reciente promulgación del decreto 765/2024 en el Boletín Oficial ha generado una polémica en Rosario, donde los organizadores de eventos privados, como casamientos, fiestas de quince años y graduaciones, cuestionan el cobro de derechos de autor por parte de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC). Según el decreto, la música y otras obras artísticas reproducidas en ámbitos privados deberían estar exentas de estos aranceles, algo que en la práctica todavía no se ha concretado en la ciudad.

En el Concejo Municipal, el concejal Lisandro Cavatorta presentó un pedido de informe para aclarar el alcance de la normativa y evitar lo que considera un sobrecosto injustificado para los clientes de los salones de eventos. «Una parte del precio de las fiestas se destina a pagar derechos de propiedad intelectual. Esto encarece las tarjetas y termina impactando en los bolsillos de los clientes», explica Cavatorta. Según él, es fundamental saber si los organizadores de eventos están obligados a pagar SADAIC en contextos privados o si la normativa nacional debería eximirlos de esta carga.

Confusión en el sector de eventos: ¿quién debe pagar?

Para Iván Hawryluk, presidente de la Cámara de Eventos y Afines de Santa Fe, el decreto es claro: solo los eventos en espacios públicos deben abonar derechos de autor. En palabras de Hawryluk, «El decreto deja en claro que se considera ‘público’ únicamente aquello que sucede en un espacio de acceso libre y abierto a una pluralidad de personas. Por lo tanto, las fiestas privadas están exentas». No obstante, la falta de claridad en la implementación ha llevado a que muchos organizadores opten por plantear el tema a sus clientes, quienes deben decidir si desean asumir el riesgo de no pagar el arancel. Si un inspector de SADAIC labra un acta durante un evento, es responsabilidad de los anfitriones—ya sea una pareja de novios, una familia o estudiantes—gestionar el reclamo.

Este clima de incertidumbre ha motivado que Cavatorta solicite al Concejo Municipal una mayor claridad sobre el tema. En su propuesta, pide información sobre los criterios para distinguir entre eventos públicos y privados y determinar quién debería asumir la carga de los derechos de autor. La pregunta clave es: ¿es el dueño del salón, el organizador del evento, o el cliente final quien debe cubrir estos costos? Además, el concejal subraya la necesidad de comunicar claramente la normativa a SADAIC y a otros organismos de derechos de autor, para evitar que el decreto se convierta en letra muerta y los salones continúen trasladando estos cargos a los usuarios.

Un conflicto de fondo: los derechos de autor en eventos sociales

El decreto 765/2024 fue concebido con la intención de reducir costos en celebraciones familiares y sociales, garantizando el acceso a obras artísticas sin el peso de una tarifa adicional en contextos privados. Pero en Rosario, donde SADAIC continúa labrando actas en eventos privados, la norma parece no haber impactado como se esperaba. Esto ha llevado a una serie de cuestionamientos sobre la operatividad y la interpretación del decreto por parte de los organismos de recaudación.

El pedido de informe presentado en el Concejo sugiere que, además de definir responsabilidades, el Estado debería adoptar medidas para asegurar que la normativa se aplique de manera «correcta, uniforme y equitativa». Cavatorta y otros legisladores insisten en que la claridad de la norma es crucial para evitar que SADAIC cobre en situaciones donde el decreto determina lo contrario.

Para los organizadores de eventos y los clientes, el tema no es menor, ya que el pago de estos derechos implica un costo significativo en cada celebración. Desde la Cámara de Eventos, Hawryluk señala que muchos organizadores aún tienen dudas, y que es responsabilidad del Estado aclarar los criterios a aplicar en estos casos para evitar confusiones y posibles conflictos legales.

El pedido de respuestas desde el Concejo Municipal

El Concejo ha solicitado formalmente al gobierno nacional una respuesta concreta sobre varios puntos claves: la diferencia entre ámbitos públicos y privados, los criterios que determinan quién debe asumir el costo de los derechos de autor y, sobre todo, una notificación a los organismos como SADAIC para evitar conflictos con los organizadores de eventos. Con esta información, el Concejo espera proteger a los ciudadanos de Rosario de pagar aranceles que, según la normativa nacional, ya no corresponderían.

Mientras tanto, el debate continúa y tanto los organizadores de eventos como los clientes aguardan una aclaración que podría modificar el costo de las fiestas en Rosario. Esta controversia refleja un problema de fondo en la legislación sobre derechos de autor, donde el límite entre lo público y lo privado no siempre resulta claro y puede llevar a interpretaciones que afectan directamente el bolsillo de los ciudadanos.

La aplicación efectiva y uniforme del decreto 765/2024 podría significar un alivio para muchas familias que buscan celebrar sin enfrentar costos adicionales, siempre que se garantice que las obras artísticas puedan disfrutarse sin conflicto en los eventos privados.